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ANTONIO MATEOS MARTÍN DE RODRIGO


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LA
PALABRA

“EXTREMADURA”
(Historia, crítica etimológica e historiográfica y restitución de su significado).


(refundación de la teoría de las “extremaduras”, inicialmente “zonas de pasto”, situadas en las primeras fronteras cristiano-musulmanas y, a partir de Nebrija, “invernaderos”, en base, además, a la triple división del territorio de los reinos cristianos que dedicaban los “extremos” de sus poblaciones al pasto de los ganados y que generalizaron la denominación al mejor y mayor grupo de zonas de pasto, las actuales Extremaduras hispano-portuguesas, situadas sobre los invernaderos musulmanes, objetivo estratégico de la Reconquista según los resultados del estado actual de la historiografía medieval).


MI TIEMPO YA TIENE SU PALABRA
El tiempo trae palabras en las manos,
deseo vertical, y trae respuestas
donde se van pudriendo los olvidos,
...
Hay que esperar que el tiempo
se deshaga en el barro y que madure
la simiente enterrada ( ... ).
Mena Cantero, Francisco.

Depósito Legal. BA-19-04.

domingo, 20 de enero de 2008

15. LA FRONTERA COMO ESPACIO INTERIOR CRISTIANO. a partir del siglo xiii el vocablo “frontera” pasa a denominar el conjunto de las fronteras locales “

“contra los moros” de los fueros de la actual Extremadura.

Contiene la primera edición del Ordenamiento de Alcalá un “discurso sobre el estado, y la condicion de los judios en España”. En una de sus notas aparece una relación de los impuestos a que fueron sometidas las aljamas del reino castellano-leonés “por mandado del rey ( Sancho el Bravo) en el mes de septiembre era de mill è tresientos è veinte è ocho annos ”, es decir, en el año 1290. En este documento los reinos unificados de Castilla y de León aparecen divididos en varias unidades recaudatorias denominadas;

- Reyno de Murcia,

- Obispado de Calahorra,

- Obispado de Burgos,

- Obispado de Palencia,

- Obispado de Siguenza.

- Obispado de Osma,

- Obispado de Avila,

- Obispado de Segovia,

- Obispado de Plasencia.

- Obispado de Cuenca,

- Tierra rasa.

- Reyno de Leon.

- La Frontera.[1] .










Nos encontramos, pues, ante un documento de la época en el que, nítidamente, es definida la “frontera” como un territorio que no se encuentra en “tierra de nadie” sino en el interior del reino castellano-leonés y situado frente al territorio musulmán, el del reino de Granada. Este amplio territorio queda definido geográficamente por sus centros recaudatorios establecidos en Niebla (actual provincia de Huelva), Jerez de la Frontera (Cádiz) y Córdoba [2] .

Este mismo concepto lo encontramos en la Tercera Partida de Alfonso X: “ Ley VII. Como lo arboles que nacen en las riberas de los rios son de aquellos cuyas son las heredades que estan en frontera coneellos”[3] .

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